Seguros para Despachos de Abogados
¿Qué Seguros necesita un Despacho de Abogados?
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En mubu somos especialistas en seguros para empresas y por ello podemos asesorarte en los seguros que necesitas para tu bufete de abogados
¿Es obligatorio el Seguro de Convenio para los Despachos de Abogados?
El Convenio Colectivo que aplica en el caso de un despacho o bufete de abogados es el Convenio de Oficinas y Despachos que está dividido por provincias. Vamos a poner como ejemplo el convenio de Valencia y el de Málaga.
En el caso de Valencia, el Convenio Colectivo establece en su artículo 31:
“ Las empresas efectuarán obligatoriamente la contratación a cargo de las mismas, de un seguro colectivo de accidentes individuales, las garantías se extenderán a todas las personas que formen parte de sus plantillas, es decir, al conjunto de los trabajadores afectados por el presente convenio, que se encuentran dados de alta en la Seguridad Social, en sus respectivas empresas. Las cantidades garantizadas serán las siguientes:
Muerte: 18.000 €
Gran Invalidez: 18.000 €
Incapacidad Permanente Absoluta: 18.000 € - Para cualquier profesión
Incapacidad Permanente Total: 18.000 € - Para la profesión habitual
Incapacidad Permanente Parcial: 18.000 € ”
En el caso de Málaga, el Convenio Colectivo establece en el Artículo 37:
"Se establece para todas las personas trabajadoras en activo un seguro de accidentes derivados de contingencias profesionales, por un importe de 30.000 euros con las garantías de muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez".
Como vemos, en ambos casos se establece un Seguro de Convenio pero las cantidades variadas. Para conocer la obligación de contratar el Seguro habría que acudir al Convenio de la provincia en la que esté situado el despacho y así saber si hay obligación, para qué supuestos y por qué cantidades.
Seguro de Responsabilidad Civil para Abogados
Es, especialmente importante el caso de los Seguros de Responsabilidad Civil para los Abogados. Hay varios textos que nos nombran al Seguro de Responsabilidad Civil Profesional en el caso de los Abogados:
- Ley 7/2006 del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales
- Estatuto General de la Abogacía Española
- Código Deontológico de la Abogacía Española
La Ley 7/2006 establece en el artículo 9 establece "los y las profesionales con titulación tienen el deber de cubrir mediante un seguro o garantía equivalente los riesgos de responsabilidad en que pueden incurrir en una causa del ejercicio de su profesión".
El Estatuto de Abogacía se hace eco de lo ya establecido en la Ley e indica que los abogados, al ejercer su actividad profesional, están sujetos a responsabilidad civil y se menciona, además, el aseguramiento obligatorio.
El Código Deontológico añade que los abogados deben tener cubiertos por sus propios medios o mediante un seguro los capitales exigibles ante los riesgos que le atañen. También se mencionó la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil profesional conforme a las exigencias que cada país de la Unión Europea pueda exigir.
Los Colegios de Abogados cuentan con un Seguro de Responsabilidad Civil que cubre a todos sus colegiados. Dado que los colegios están compuestos por muchos profesionales, suelen establecer unas franquicias a la hora de cubrir los siniestros y además tienen capitales limitados. Por ello, todo profesional que ejerza como abogado debería contar con un seguro de responsabilidad civil propio que amplíe la protección que brinda el seguro del colegio. En el caso de las sociedades profesionales (despachos o bufetes de abogados) la contratación de un Seguro de Responsabilidad es obligatoria, por ello deberá contratar un Seguro de Responsabilidad Civil que amplíe la cobertura proporcionada por el Colegio de Abogados.
El Seguro de Responsabilidad Civil para abogados se encargará de dar respuesta a las indemnizaciones por los daños que se pudiesen ocasionar un error profesional durante el ejercicio de la actividad profesional.
Quedarán excluidas actividades fuera de la actividad profesional, daños personales y / o materiales, bienes muebles e inmuebles en propiedad o usufructo del profesional. El dolo y fraude, etc.
Seguro de Comercio para Abogados
En el caso de tener un despacho de abogados, es posible que la actividad se desarrolle en un local físico u oficina y por ello, se deberá contar además con un Seguro de Comercio que proteja el local y la Responsabilidad Civil derivada del mismo.
Proteger la oficina, tanto el continente como el contenido, como la Responsabilidad Civil de los daños que puedan producirse a terceros en el local/oficina (RC de explotación) es muy necesario.
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Preguntas Frecuentes
☝️ ¿Sólo hay estos Seguros relacionados con Despachos de Abogados?
Asegurar una empresa es muy importante, existen multitud de normas y requisitos. Contar con un profesional es esencial. Habla con tu asesor personal y pide una oferta aseguradora adaptada a ti.
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